APRENDE
FACIL
Pisos de Protección
Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
Lección 1 : La
Recomendación 202 OIT sobre Pisos de Protección Social
El
Convenio 202 OIT: El Referente Fundamental
El Convenio 202 sobre la seguridad social (norma
mínima), 1952 (núm. 102) , con entrada en vigor el 27 de Abril 1955 es una
norma internacional de la OIT, emblemática y orientadora, sobre este tema, teniendo en cuenta, que es el
único instrumento internacional, basado en principios fundamentales de
seguridad social, que establece normas mínimas aceptadas a nivel mundial para
las nueve ramas de la seguridad social.
Estas
ramas son: asistencia médica, prestaciones monetarias de enfermedad, prestaciones
de desempleo, prestaciones de vejez, prestaciones en caso de accidentes del
trabajo y enfermedad profesional, prestaciones familiares, prestaciones de
maternidad, prestaciones de invalidez, prestaciones de sobrevivientes.
El
Convenio núm. 102 abarca todas estas ramas, los Estados Miembros, sin embargo, basta
ratificar tres de ellas, lo que permite una extensión progresiva de la
cobertura de la seguridad social en los países que lo ratifican.
A la
fecha, 52 países han ratificado este vital Convenio. En el caso de la Región
Andina, es como sigue, este proceso:[1]
PAÍS
|
Año de Ratificación
|
Bolivia
|
1977
|
Colombia
|
No ratificado
|
Ecuador
|
1974
|
Perú
|
1961
|
Venezuela
|
1982
|
Los
objetivos básicos del Convenio, están referidos, a las nueve ramas consideradas,
al porcentaje de la población protegida por sistemas de seguridad social, al
nivel de la prestación mínima, que se garantiza a las personas protegidas, asimismo
a los requisitos para tener derecho a prestaciones y el periodo de derecho a
las prestaciones. El Convenio núm. 102 no prescribe la manera de lograr estos
objetivos, sino que deja una cierta flexibilidad a los Estados Miembros. Los
objetivos pueden hacerse efectivos a través de:
·
Regímenes
universales;
·
Regímenes
de seguridad social con componentes relacionados con los ingresos o de tasa
fija o ambos;
·
Regímenes
de asistencia social.
De otra
parte los principios que se establecen en el Convenio núm. 102 son:
·
La
garantía de prestaciones definidas;
·
La
participación de los empleadores y de los trabajadores en la administración de
los regímenes;
·
La
responsabilidad general del Estado en lo que se refiere a las prestaciones
concedidas y a la buena administración de las instituciones; y
·
El
financiamiento colectivo de las prestaciones por medio de cotizaciones o de
impuestos.
El
Convenio 102 exige la realización de evaluaciones actuariales de manera regular
para garantizar la sostenibilidad de los regímenes. Además, el Convenio núm.
102 establece que los regímenes de seguridad social, deben ser administrados
sobre una base tripartita con el fin de garantizar y fortalecer el diálogo
social entre gobiernos, empleadores y trabajadores. Este Convenio es
considerado como una herramienta para la extensión de la cobertura de la
seguridad social y proporciona un incentivo a los países que lo han ratificado
al ofrecerles flexibilidad en su aplicación, en función de sus niveles
socioeconómicos.
El 2001, el Consejo de Administración de la OIT confirmó su estatus de norma actualizada, y la Conferencia Internacional del Trabajo en 2011 lo reconoció como un punto de referencia en el desarrollo gradual de una cobertura de seguridad social integral a nivel nacional.
El 2001, el Consejo de Administración de la OIT confirmó su estatus de norma actualizada, y la Conferencia Internacional del Trabajo en 2011 lo reconoció como un punto de referencia en el desarrollo gradual de una cobertura de seguridad social integral a nivel nacional.
Hay que
remarcar que un conjunto de países han ratificado el Código Europeo de la
Seguridad Social, diseñado según el modelo del Convenio núm. 102 pero
proporciona niveles de prestaciones más elevados.
Es
interesante consignar, a continuación un Cuadro de Convenios OIT relacionados a
la seguridad social, [2]incluyendo
los países de América Latina y el Caribe que los han ratificado, a junio 2014
Convenios de la OIT
relacionados con la seguridad social y países
de ALC que los han
ratificado, a junio de 2014
Convenios
de seguridad social de nivel superior
Convenio núm. 121 (1964)
Convenio sobre las
prestaciones en caso de accidentes del trabajo y
enfermedades
profesionales
Ratificaciones: Estado
Plurinacional de Bolivia (1977), Chile (1999),
Ecuador
(1978), Uruguay (1973), República Bolivariana de Venezuela
(1982).
Convenio núm. 128 (1967)
Convenio sobre las prestaciones
de invalidez, vejez y sobrevivientes
Ratificaciones: Barbados
(1972), Estado Plurinacional de Bolivia (1977),
Ecuador
(1978), Uruguay (1973), República Bolivariana de Venezuela
(1983).
Convenio núm. 130 (1969)
Convenio sobre asistencia médica
y prestaciones monetarias de
enfermedad
Ratificaciones: Estado
Plurinacional de Bolivia (1977), Costa Rica (1972),
Ecuador
(1978), Uruguay (1973), República Bolivariana de Venezuela
(1982).
Convenio núm. 168 (1988)
Convenio sobre el fomento del
empleo y la protección contra el desempleo
Ratificaciones: Brasil
(1993).
Convenio núm. 183 (2000)
Convenio sobre la protección
de la maternidad
Ratificaciones: Belice
(2005), Estado Plurinacional de Bolivia (1977), Cuba
(2004).
Otros convenios
relacionados con el área de seguridad social
Convenio núm. 187 (2006)
Convenio sobre el marco
promocional para la seguridad y salud en el
trabajo
Ratificaciones: Argentina
(2014), Chile (2011), Cuba (2008).
Convenio núm. 189 (2011)
Convenio sobre las trabajadoras
y los trabajadores domésticos
Ratificaciones: Argentina
(2014), Estado Plurinacional de Bolivia (2013),
Colombia
(2014), Costa Rica (2014), Ecuador (2013), Guyana (2013),
Nicaragua
(2013), Paraguay (2013), Uruguay (2012).
Fuente:
OIT, NORMLEX.
|
Fuente : PROTECCIÓN SOCIAL PARA
TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL. Pisos de Protección Social para el
Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo
Pérez Herrera
[2]
OIT, La Estrategia de Desarrollo de los Sistemas de la Seguridad Social de la
OIT. El Papel de los Pisos de Protección Social en América Latina y El Caribe, 2014
APRENDE
FACIL
Pisos de Protección
Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
Lección 2 : Concepto de Piso de
Protección Social
26 de Abril 2019
Fuente : PROTECCIÓN SOCIAL PARA
TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL. Pisos de Protección Social para el
Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo
Pérez Herrera
El origen del concepto de Piso de Protección Social,
se remonta a 1944, cuando la Declaración de Filadelfia , incluye por primera
vez, la protección social en el mandato de la OIT, posteriormente las Naciones
Unidas en los artículos 22 y 25 de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, consigna esta concepción.
Artículo 22 - Toda persona, como miembro de la sociedad,
tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo
nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y
los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos,
sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de
su personalidad.
Artículo 25 - Toda
persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a
su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el
vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales
necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,
enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios
de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. La
maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.
Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho
a igual protección social”.
|
Los Pisos de Protección Social, son de naturaleza
nacional, y su objetivo es promover un conjunto de derechos y garantías
orientadas a satisfacer el acceso a servicios básicos en las áreas de empleo,
salud, agua y saneamiento, nutrición, educación y apoyo familiar, destinados a
proteger y empoderar a los sectores más pobres y vulnerables de la sociedad
para que puedan superar la pobreza.
Se conciben, desde la OIT, en una estrategia de
doble actuación. Por un lado, una dimensión horizontal de cobertura que se
refiere a la cantidad de personas cubiertas donde se hace evidente , en los
países cuando se trata de trabajadores de la economía informal, trabajadores
independientes, trabajadores agrícolas, trabajadores del hogar y trabajadores
familiares no remunerados.
De otra parte, se busca una dimensión vertical de
expansión de la cobertura, que se define en la cantidad de rubros sobre
seguridad social, ofrecidos en cada país, asociadas a la calidad de las
prestaciones, donde el nivel a ser alcanzado, debe coincidir con el establecido
en el Convenio 102, sobre normas mínimas y en la medida de lo posible, alcance
lo planteado en las normas superiores de seguridad social OIT.
APRENDE
FACIL
Pisos de Protección
Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
Lección 3 : Objetivos y Principios de la
Recomendación 202 OIT
26 de Abril 2019
Fuente : PROTECCIÓN SOCIAL PARA
TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL. Pisos de Protección Social para el
Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo
Pérez Herrera
La Recomendación
202 sobre los pisos de protección social, 2012 , aporta líneas de orientación a los
Estados Miembros para el establecimiento de sistemas de seguridad social
integrales y la extensión de la cobertura , dando prioridad a la puesta en
práctica de pisos de protección social accesibles a todas las personas de
menores recursos y con márgenes evidentes de vulnerabilidad.
La Recomendación sobre los pisos de protección social
complementa adecuadamente los Convenios y Recomendaciones existentes. En
particular, apoya y asesora a los Estados Miembros en la protección de las
personas desprotegidas, a los pobres y los más vulnerables, incluyendo a los
trabajadores de la economía informal y a sus familias. De esta manera, se
orienta a garantizar, que todos los miembros de la sociedad gocen de al menos
un nivel básico de seguridad social durante su ciclo de vida.
Los pisos de protección social constituyen conjuntos de garantías
básicas de seguridad social definidos a nivel nacional que aseguran una
protección destinada a prevenir o a aliviar la pobreza, la vulnerabilidad y
la exclusión social.
Recomendación 2020 sobre los Pisos de Protección Social
Parte I : Objetivos, Ámbito de Aplicación y Principios
|
Objetivos de la Recomendación 202
* Establecer y
mantener, según proceda, pisos de protección social como un elemento
fundamental de sus sistemas nacionales de seguridad social.
* Poner en
práctica pisos de protección social en el marco de estrategias de extensión
de la seguridad social que aseguren progresivamente niveles más elevados de
seguridad social para el mayor número de personas posible, según las
orientaciones de las normas de la OIT relativas a la seguridad social.
|
Como
observamos, la Recomendación, establece estándares, deja abierta las
posibilidades de ejecución de cada uno de los países, orientándolos hacia un
permanente mejoramiento en la plasmación de este derecho fundamental, con una
amplia visión inclusiva y no discriminatoria, acorde a la realidad existente en
el escenario socio laboral.
Principios de la Recomendación
OIT
·
Universalidad de la protección, basada en la
solidaridad social;
·
Derecho a las prestaciones prescrito por la
legislación nacional;
·
Adecuación y previsibilidad de las prestaciones;
·
No discriminación, igualdad de género y capacidad
de responder a las necesidades especiales;
·
Inclusión social, en particular de las personas
que trabajan en la economía informal
·
Respeto de los derechos y la dignidad de las
personas cubiertas por las garantías de seguridad social
·
Realización progresiva, inclusive a través del
establecimiento de objetivos y plazos
·
Solidaridad en la financiación, asociada a la
búsqueda de un equilibrio óptimo entre las responsabilidades y los intereses
de aquellos que financian y se benefician de los regímenes de seguridad
social
·
Consideración de la diversidad de métodos y
enfoques, con inclusión de los mecanismos de financiación y los sistemas de
prestaciones
·
Gestión financiera y administración sanas,
responsables y transparentes
·
Sostenibilidad financiera, fiscal y económica,
teniendo debidamente en cuenta la justicia social y la equidad
·
Coherencia con las políticas sociales, económicas
y de empleo;
·
Coherencia entre las instituciones encargadas de
la prestación de servicios de protección social
·
Servicios públicos de alta calidad que mejoren el
desempeño de los sistemas de seguridad social
·
Eficacia y accesibilidad de los procedimientos de
reclamación y de recurso;
·
Seguimiento regular de la aplicación y evaluación
periódica;
·
Pleno respeto de la negociación colectiva y de la
libertad sindical para todos los trabajadores
·
Participación tripartita con las organizaciones
representativas de los empleadores y de los trabajadores, así como la
celebración de consultas con otras organizaciones pertinentes y
representativas de personas interesadas.
|
Los
principios definidos y consensuados, ratifican los valores que sustentan la
protección social para todas las personas, especialmente, quienes por sus
escasas posibilidades económicas, situación social de exclusión y discriminación,
vulnerabilidades, entre otros aspectos, no tienen posibilidad de acceder con
regularidad y prontitud a la protección social, en su concepto amplio e
inclusivo. La dignidad y la solidaridad, como pilares de la existencia y
convivencia humana, se hacen ostensibles en las consideraciones principistas de
esta Recomendación.
De otra
parte, es enfática en remarcar, la articulación de las políticas de protección
social, con otras líneas de intervención, generadas por el Estado, y, la
consolidación de un eje sustancial del Trabajo Decente, que es diálogo social
tripartito, como un camino pertinente para la consulta y la ejecución de la
acción pública en cuanto a una protección social de calidad, diversificada e
integral.
APRENDE
FACIL
Pisos de Protección
Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
Lección 4 : VIDEOS
26 de Abril 2019
Video
1 : Ecuador-Programa para la Promoción de un Piso de Protección Social en la
Region Andina
Video
2 : OIT-Garantizando el Acceso Universal a la Salud en el Perú
Video
3 : El Piso de Protección Social : las Politicas Públicas en Argentina
No hay comentarios:
Publicar un comentario