viernes, 26 de abril de 2019

APRENDE FACIL : Pisos de Protección Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD La Recomendación 202 OIT sobre Pisos de Protección Social


APRENDE FACIL
Pisos de Protección Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
Lección 1 : La Recomendación 202 OIT sobre Pisos de Protección Social
26 de Abril 2019


El Convenio 202 OIT: El Referente Fundamental


El Convenio 202 sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102) , con entrada en vigor el 27 de Abril 1955 es una norma internacional de la OIT, emblemática y orientadora,  sobre este tema, teniendo en cuenta, que es el único instrumento internacional, basado en principios fundamentales de seguridad social, que establece normas mínimas aceptadas a nivel mundial para las nueve ramas de la seguridad social.
Estas ramas son: asistencia médica, prestaciones monetarias de enfermedad, prestaciones de desempleo, prestaciones de vejez, prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedad profesional, prestaciones familiares, prestaciones de maternidad, prestaciones de invalidez, prestaciones de sobrevivientes.
El Convenio núm. 102 abarca todas estas ramas, los Estados Miembros, sin embargo, basta ratificar tres de ellas, lo que permite una extensión progresiva de la cobertura de la seguridad social en los países que lo ratifican. 
A la fecha, 52 países han ratificado este vital Convenio. En el caso de la Región Andina, es como sigue, este proceso:[1]

PAÍS
Año de Ratificación
Bolivia
1977
Colombia
No ratificado
Ecuador
1974
Perú
1961
Venezuela
1982

Los objetivos básicos del Convenio, están referidos, a las nueve ramas consideradas, al porcentaje de la población protegida por sistemas de seguridad social, al nivel de la prestación mínima, que se garantiza a las personas protegidas, asimismo a los requisitos para tener derecho a prestaciones y el periodo de derecho a las prestaciones. El Convenio núm. 102 no prescribe la manera de lograr estos objetivos, sino que deja una cierta flexibilidad a los Estados Miembros. Los objetivos pueden hacerse efectivos a través de: 
·         Regímenes universales;
·         Regímenes de seguridad social con componentes relacionados con los ingresos o de tasa fija o ambos;
·         Regímenes de asistencia social.
De otra parte los principios que se establecen en el Convenio núm. 102 son:
·         La garantía de prestaciones definidas;
·         La participación de los empleadores y de los trabajadores en la administración de los regímenes;
·         La responsabilidad general del Estado en lo que se refiere a las prestaciones concedidas y a la buena administración de las instituciones; y
·         El financiamiento colectivo de las prestaciones por medio de cotizaciones o de impuestos.
El Convenio 102 exige la realización de evaluaciones actuariales de manera regular para garantizar la sostenibilidad de los regímenes. Además, el Convenio núm. 102 establece que los regímenes de seguridad social, deben ser administrados sobre una base tripartita con el fin de garantizar y fortalecer el diálogo social entre gobiernos, empleadores y trabajadores. Este Convenio es considerado como una herramienta para la extensión de la cobertura de la seguridad social y proporciona un incentivo a los países que lo han ratificado al ofrecerles flexibilidad en su aplicación, en función de sus niveles socioeconómicos.

El 2001, el Consejo de Administración de la OIT confirmó su estatus de norma actualizada, y la 
Conferencia Internacional del Trabajo en 2011  lo reconoció como un punto de referencia en el desarrollo gradual de una cobertura de seguridad social integral a nivel nacional.
Hay que remarcar que un conjunto de países han ratificado el Código Europeo de la Seguridad Social, diseñado según el modelo del Convenio núm. 102 pero proporciona niveles de prestaciones más elevados.
Es interesante consignar, a continuación un Cuadro de Convenios OIT relacionados a la seguridad social, [2]incluyendo los países de América Latina y el Caribe que los han ratificado, a junio 2014
Convenios de la OIT relacionados con la seguridad social y países
de ALC que los han ratificado, a junio de 2014
Convenios de seguridad social de nivel superior
Convenio núm. 121 (1964)
Convenio sobre las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales
Ratificaciones: Estado Plurinacional de Bolivia (1977), Chile (1999),
Ecuador (1978), Uruguay (1973), República Bolivariana de Venezuela
(1982).
Convenio núm. 128 (1967)
Convenio sobre las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes
Ratificaciones: Barbados (1972), Estado Plurinacional de Bolivia (1977),
Ecuador (1978), Uruguay (1973), República Bolivariana de Venezuela
(1983).
Convenio núm. 130 (1969)
Convenio sobre asistencia médica y prestaciones monetarias de
enfermedad
Ratificaciones: Estado Plurinacional de Bolivia (1977), Costa Rica (1972),
Ecuador (1978), Uruguay (1973), República Bolivariana de Venezuela
(1982).
Convenio núm. 168 (1988)
Convenio sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo
Ratificaciones: Brasil (1993).
Convenio núm. 183 (2000)
Convenio sobre la protección de la maternidad
Ratificaciones: Belice (2005), Estado Plurinacional de Bolivia (1977), Cuba
(2004).
Otros convenios relacionados con el área de seguridad social
Convenio núm. 187 (2006)
Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el
trabajo
Ratificaciones: Argentina (2014), Chile (2011), Cuba (2008).
Convenio núm. 189 (2011)
Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos
Ratificaciones: Argentina (2014), Estado Plurinacional de Bolivia (2013),
Colombia (2014), Costa Rica (2014), Ecuador (2013), Guyana (2013),
Nicaragua (2013), Paraguay (2013), Uruguay (2012).
Fuente: OIT, NORMLEX.


  
Fuente : PROTECCIÓN SOCIAL PARA TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL. Pisos de Protección Social para el Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo Pérez Herrera




[1] Fuente : Normlex  OIT : RATIFICACIONES POR CONVENIO
[2] OIT, La Estrategia de Desarrollo de los Sistemas de la Seguridad Social de la OIT. El Papel de los Pisos de Protección Social en América Latina y El Caribe, 2014

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Pisos de Protección Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
Lección 2 : Concepto de Piso de Protección Social
26 de Abril 2019

Fuente : PROTECCIÓN SOCIAL PARA TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL. Pisos de Protección Social para el Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo Pérez Herrera
El origen del concepto de Piso de Protección Social, se remonta a 1944, cuando la Declaración de Filadelfia , incluye por primera vez, la protección social en el mandato de la OIT, posteriormente las Naciones Unidas  en los artículos 22 y 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, consigna  esta concepción.
Artículo 22 - Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 25 - Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social”.

Los Pisos de Protección Social, son de naturaleza nacional, y su objetivo es promover un conjunto de derechos y garantías orientadas a satisfacer el acceso a servicios básicos en las áreas de empleo, salud, agua y saneamiento, nutrición, educación y apoyo familiar, destinados a proteger y empoderar a los sectores más pobres y vulnerables de la sociedad para que puedan superar la pobreza.

Se conciben, desde la OIT, en una estrategia de doble actuación. Por un lado, una dimensión horizontal de cobertura que se refiere a la cantidad de personas cubiertas donde se hace evidente , en los países cuando se trata de trabajadores de la economía informal, trabajadores independientes, trabajadores agrícolas, trabajadores del hogar y trabajadores familiares no remunerados.
De otra parte, se busca una dimensión vertical de expansión de la cobertura, que se define en la cantidad de rubros sobre seguridad social, ofrecidos en cada país, asociadas a la calidad de las prestaciones, donde el nivel a ser alcanzado, debe coincidir con el establecido en el Convenio 102, sobre normas mínimas y en la medida de lo posible, alcance lo planteado en las normas superiores de seguridad social OIT.

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Pisos de Protección Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
Lección 3 : Objetivos y Principios de la Recomendación 202 OIT
26 de Abril 2019

Fuente : PROTECCIÓN SOCIAL PARA TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL. Pisos de Protección Social para el Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo Pérez Herrera

La Recomendación 202 sobre los pisos de protección social, 2012 ,  aporta líneas de orientación a los Estados Miembros para el establecimiento de sistemas de seguridad social integrales y la extensión de la cobertura , dando prioridad a la puesta en práctica de pisos de protección social accesibles a todas las personas de menores recursos y con márgenes evidentes de vulnerabilidad.
La Recomendación sobre los pisos de protección social complementa adecuadamente los Convenios y Recomendaciones existentes. En particular, apoya y asesora a los Estados Miembros en la protección de las personas desprotegidas, a los pobres y los más vulnerables, incluyendo a los trabajadores de la economía informal y a sus familias. De esta manera, se orienta a garantizar, que todos los miembros de la sociedad gocen de al menos un nivel básico de seguridad social durante su ciclo de vida. 
Los pisos de protección social constituyen conjuntos de garantías básicas de seguridad social definidos a nivel nacional que aseguran una protección destinada a prevenir o a aliviar la pobreza, la vulnerabilidad y la exclusión social.
Recomendación 2020 sobre los Pisos de Protección Social
Parte I : Objetivos, Ámbito de Aplicación y Principios

Objetivos de la Recomendación 202

* Establecer y mantener, según proceda, pisos de protección social como un elemento fundamental de sus sistemas nacionales de seguridad social.
* Poner en práctica pisos de protección social en el marco de estrategias de extensión de la seguridad social que aseguren progresivamente niveles más elevados de seguridad social para el mayor número de personas posible, según las orientaciones de las normas de la OIT relativas a la seguridad social.

Como observamos, la Recomendación, establece estándares, deja abierta las posibilidades de ejecución de cada uno de los países, orientándolos hacia un permanente mejoramiento en la plasmación de este derecho fundamental, con una amplia visión inclusiva y no discriminatoria, acorde a la realidad existente en el escenario socio laboral.

Principios de la Recomendación OIT

·         Universalidad de la protección, basada en la solidaridad social;
·         Derecho a las prestaciones prescrito por la legislación nacional;
·         Adecuación y previsibilidad de las prestaciones;
·         No discriminación, igualdad de género y capacidad de responder a las necesidades especiales;
·         Inclusión social, en particular de las personas que trabajan en la economía informal
·         Respeto de los derechos y la dignidad de las personas cubiertas por las garantías de seguridad social
·         Realización progresiva, inclusive a través del establecimiento de objetivos y plazos
·         Solidaridad en la financiación, asociada a la búsqueda de un equilibrio óptimo entre las responsabilidades y los intereses de aquellos que financian y se benefician de los regímenes de seguridad social
·         Consideración de la diversidad de métodos y enfoques, con inclusión de los mecanismos de financiación y los sistemas de prestaciones
·         Gestión financiera y administración sanas, responsables y transparentes
·         Sostenibilidad financiera, fiscal y económica, teniendo debidamente en cuenta la justicia social y la equidad
·         Coherencia con las políticas sociales, económicas y de empleo;
·         Coherencia entre las instituciones encargadas de la prestación de servicios de protección social
·         Servicios públicos de alta calidad que mejoren el desempeño de los sistemas de seguridad social
·         Eficacia y accesibilidad de los procedimientos de reclamación y de recurso;
·         Seguimiento regular de la aplicación y evaluación periódica;
·         Pleno respeto de la negociación colectiva y de la libertad sindical para todos los trabajadores
·         Participación tripartita con las organizaciones representativas de los empleadores y de los trabajadores, así como la celebración de consultas con otras organizaciones pertinentes y representativas de personas interesadas.



Los principios definidos y consensuados, ratifican los valores que sustentan la protección social para todas las personas, especialmente, quienes por sus escasas posibilidades económicas, situación social de exclusión y discriminación, vulnerabilidades, entre otros aspectos, no tienen posibilidad de acceder con regularidad y prontitud a la protección social, en su concepto amplio e inclusivo. La dignidad y la solidaridad, como pilares de la existencia y convivencia humana, se hacen ostensibles en las consideraciones principistas de esta Recomendación.

De otra parte, es enfática en remarcar, la articulación de las políticas de protección social, con otras líneas de intervención, generadas por el Estado, y, la consolidación de un eje sustancial del Trabajo Decente, que es diálogo social tripartito, como un camino pertinente para la consulta y la ejecución de la acción pública en cuanto a una protección social de calidad, diversificada e integral.

 APRENDE FACIL
Pisos de Protección Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
Lección 4 : VIDEOS
26 de Abril 2019

Video 1 : Ecuador-Programa para la Promoción de un Piso de Protección Social en la Region Andina


Video 2 : OIT-Garantizando el Acceso Universal a la Salud en el Perú

Video 3 : El Piso de Protección Social : las Politicas Públicas en Argentina





sábado, 13 de abril de 2019

Sindicalismo y su Influencia en el Perú en II Conferencia Anual de Liderazgo FENTRALUC Siglo XXI

APRENDE FACIL Pisos de Protección Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD (4 Lecciones)

APRENDE FACIL
Pisos de Protección Social para el Transito de la INFORMALIDAD a la FORMALIDAD
4 Lecciones- 13 de Abril 2019
















Lección 1 : Protección, Asistencia y Promoción
13 de Abril 2019
Luego del camino recorrido, en materia de protección social, se llega a la conclusión, a fines del siglo pasado y comienzos de Siglo 21, que se hace necesario , construir estrategias que vayan más allá de las eventualidades críticas y sus impactos inmediatos en el deterioro de  los niveles de vida de las personas y sus familias.
La idea es intervenir ante consecuencias negativas, de largo plazo en el circuito inter generacional de la pobreza y en deterioro del bienestar familiar.
La pobreza se concibe un fenómeno dinámico, en evolución, multidimensional, que deriva en intervenciones más diversificadas, complejas y persistentes para su superación. De esta manera , la protección social debe asumir roles de corto y largo plazo en la lucha contra este fenómeno social, haciendo frente a las necesidades más urgentes derivadas de los riesgos y crisis; de otra parte, adicionalmente, le  corresponderá apoyar, la conservación y acumulación de activos , por ejemplo, las pensiones no contributivas, vía, las políticas de prevención, así como, colaborando a la transformación de las condiciones socioeconómicas que se encuentran en raíz  de la pobreza .
Este enfoque ampliado de la protección social, se entiende como asistencia y acceso a la promoción. Esta nueva visión, queda plasmada en el título del primer instructivo sectorial de protección social del Banco Mundial, que presenta la transformación de la protección social de las “redes de seguridad” a la idea de “trampolín”, superando las reacciones centradas, solo en el plano de “emergencia”. En este raciocinio, se incorporan otras medidas, que habían quedado postergadas en la era del denominado, ajuste estructural, como la “regulación” de los mercados laborales, el otorgamiento, de transferencias no contributivas a los adultos mayores que no tengan mecanismos de protección social contributiva y la incorporación de beneficios de aseguramiento contra el desempleo.
En la práctica, ambos enfoques, protección frente a situaciones de emergencia y protección como asistencia y promoción, son afines, comparten la atención focalizada, en la pobreza, como factor fundamental de acción, ambos se diferencian no sólo, en función de su horizonte temporal, sino, fundamentalmente, en las políticas que estructuran. En el primer caso se trata de dar respuestas sustentadas en una coyuntura de crisis, en el segundo, se afirma una proyección de mayor largo plazo, con intervenciones más ensambladas, coherentes entre sí, intentando responder a las necesidades de protección de las familias y los hogares a lo largo de la vida.
En este último enfoque, se distingue, con evidencia, las acciones promocionales y de protección, mientras, que estas últimas, quedan asociadas a los conceptos de riesgo y vulnerabilidad, las primeras se asocian estrechamente, con las estrategias de fortalecimiento del capital humano y el mejoramiento de los servicios relacionados en cobertura y calidad.
De manera concreta y específica, las políticas de promoción social, son definidas como el conjunto de esfuerzos orientados al fortalecimiento de los activos, con el que cuentan las familias. En esta lógica, son políticas de promoción, las sectoriales de salud y educación ,otras, por ejemplo, como vivienda, unidas a  los programas para elevar los ingresos de las familias, tipo microcréditos, y mejora de  la empleabilidad de las familias y personas en situación de pobreza y vulnerabilidad, tales como, los programas de capacitación. De esta manera, dado su potencial, para fortalecer el patrimonio, con que cuentan los hogares, protección ante los riesgos y contribuir a la superación de la pobreza, las políticas de formación de capital humano se encuentran en directa vinculación con las de protección social.
Fuente : PROTECCIÓN SOCIAL PARA TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL. Pisos de Protección Social para el Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo Pérez Herrera

Lección 2 : Protección y Ciudadanía

13 de Abril 2019

Este enfoque se proyecta más allá de quienes se encuentran en situación de pobreza y se dirige al aseguramiento de niveles mínimos de protección al total de   la ciudadanía, que proporciona directrices fundamentales, para las características de inclusión e integralidad de la protección social. La naturaleza de esta concepción, se fundamenta en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) de 1966, entre otros instrumentos, de la normativa internacional sobre derechos humanos .Durante los años recientes, este sustento, comienza a tener más presencia y adeptos en América Latina, tanto entre los analistas, como entre los equipos a cargo del diseño e implementación de la protección social.
De esta manera la protección social, como garantía ciudadana se concentra, en lo fundamental, en la realización de los derechos económicos, sociales y culturales, y en los cuatro pilares que deben estar considerados, a nivel conceptual y operativo en los sistemas de protección social: a) igualdad y no discriminación, b) participación y empoderamiento, c) rendición de cuentas y d) transparencia; estos principios gestan obligaciones de carácter irrenunciable, universal y progresivo de los Estados con sus ciudadanos .
A partir de este, nuevo escenario, los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y promover la realización de los derechos, que tienen la característica de ser complementarios e indivisibles. De esta manera, la titularidad de derechos se convierte en garantía y fundamento de la ciudadanía.
Estos derechos, al ser aplicados a las estrategias de desarrollo, permiten establecer pautas y criterios, en el diseño e implementación de mecanismos sustentables y políticas sociales inclusivas. Estas consideraciones, se hacen efectivas en estándares jurídicos , tales como, la obligación de garantizar el contenido mínimo de los derechos, la obligación para los Estados, de no aplicar políticas regresivas, sino , al contrario, progresivas, y sentando la obligación de garantizar la participación ciudadana, así como los principios de igualdad, no discriminación, universalidad,  justicia, acceso a la información pública, que se utilizan para implementar directrices viables, en la definición de las políticas y estrategias de intervención, tanto de los Estados, como de los actores sociales y los organismos de cooperación para el desarrollo, como también para la ejecución de acciones para la fiscalización y evaluación de políticas públicas.
Fuente : PROTECCIÓN SOCIAL PARA TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL. Pisos de Protección Social para el Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo Pérez Herrera

Lección 3 : La Dimensión del Ciclo de Vida, Familia y Cambios Demográficos
13 de Abril  2019
Fuente :PROTECCIÓN SOCIAL PARA TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA INFORMAL.Pisos de Protección Social para el Tránsito de la Informalidad a la Formalidad, elaborado por Marcial Guillermo Pérez Herrera

La intervención, mediante la cual, se implementa la protección social, debe definirse sobre la base de la diversidad de la población. La célula básica, seguirá siendo la persona, pero a ella, se puede acceder de manera directa como individuo o como miembro de una familia.
Esta última alternativa, mencionada, aunque no necesariamente, asegura, que los servicios de protección, se entreguen igualitariamente, entre sus miembros, permite maximizar las potencialidades y economías de escala, que se dan en su interior. De esta forma, la protección social inclusiva, tiene un enfoque centrado, en la familia, pues ella ofrece un espacio privilegiado para fortalecer el capital social y posibilita quebrar, la continuidad intergeneracional de la pobreza.
De todas maneras, no se excluye, utilizar espacios mayores de intervención como son los asentamientos territoriales determinados (por ejemplo, el barrio, el asentamiento humano), la comunidad (indígena u otra) o en su defecto, otro tipo de agrupamientos, que permitan la distribución de bienes y servicios. En ellos, las sinergias y la cohesión social, pueden ser aún mayores, pero los riesgos de dispersión y mala focalización también aumentan.

Otro elemento, que es necesario considerar, para implementar el enfoque integral propuesto, es contar con un sistema, que proporcione respuestas diferenciadas a lo largo del ciclo de vida, de manera que se pueda hacer frente, a las necesidades diferenciales que se producen en las distintas etapas del desarrollo de las personas y las familias. Este eje de integración es el que se denomina “integración longitudinal”
Contemplar las necesidades propias, que cada miembro de un grupo familiar enfrenta en su etapa de la vida, implica reconocer, que estas necesidades existen y son diferenciadas. Mientras los niños, niñas y adolescentes, requieren cuidado y acceso a servicios de educación y salud, los adultos necesitan, protección y promoción del empleo y el ingreso, y los adultos mayores requieren protección del ingreso, a través de jubilación o pensiones, y, servicios de cuidado y salud.
De esta manera, dependiendo de la forma, en que está integrado cada hogar y cada familia, es distinto el núcleo de servicios de protección que requiere.
Estas necesidades, adicionalmente, no son estáticas, sino están en constante transformación, tanto porque las personas transitan a lo largo del ciclo de vida, como también, la estructura familiar y los roles de sus miembros están en proceso de cambio. En esta orientación, la velocidad que presentan actualmente las dinámicas demográficas impone nuevos desafíos.
Por otra parte, debemos tener presente que la pobreza no se distribuye de manera homogénea entre los distintos grupos etarios (Grupos de edad). De acuerdo con estudios recientes de la CEPAL, por ejemplo, hay una pronunciada tendencia a una mayor incidencia de la extrema pobreza, la pobreza y la vulnerabilidad en la población compuesta por niños y adolescentes. Las personas de la tercera edad tienen una mayor probabilidad, de integrarse a los “no pobres autónomos” en la mayoría de los países de la región, particularmente en aquellos que en forma más temprana constituyeron regímenes de seguridad social (la Argentina, el Brasil y el Uruguay) y donde esta población se encuentra mejor cubierta por los regímenes de pensiones, jubilaciones y seguros de salud.
Sin embargo, muchas personas quedan expuestas al incremento de la vulnerabilidad, cuando son adultos mayores, en especial, quienes en su vida laboral han formado parte de la clase media y no han tenido acceso a sistemas de protección social sustentables , que les posibilite acceder , a una jubilación adecuada.
Esta situación se hace más evidente,  con los cambios en la estructura familiar: por una parte, hay un progresivo incremento del número de hogares nucleares, que se desprenden de los adultos mayores ,y, por otra parte, se prolonga el período de dependencia de los adultos jóvenes que no dejan el hogar familiar, lo que extiende el período en que los adultos mayores, tienen dependientes a su cargo, en condiciones, en las cuales, sus ingresos directos ,la jubilación y pensiones, no les son suficientes, por lo menos,  para mantenerse a sí mismos en condiciones económicas adecuadas.
Los cambios en la estructura de la familia y la diversidad de familias que hoy conforman nuestras sociedades nacionales, y cuyas características modifican las demandas de protección social, incluyen a las familias nucleares tradicionales, las extendidas (con tres y cuatro generaciones), las monoparentales, las unipersonales de adultos económicamente activos, las unipersonales y bipersonales de adultos mayores inactivos y los hogares institucionales, entre otras[1] .
Cada uno, de estos tipos de familias implican desafíos propios , que van mucho más allá del modelo clásico del sostenedor económico, tradicionalmente asociado, a la inserción laboral de uno de los miembros del grupo familiar (generalmente, el hombre), y la extensión de la protección social a través de los beneficios contemplados por el seguro social y los regímenes de pensiones.




[1] La familia nuclear remite a la estructura familiar más clásica, con la presencia de ambos padres y sus hijos. Las familias monoparentales son aquellas donde solo uno de los padres está presente. En el caso de las mujeres jefas de hogar que trabajan fuera del hogar, se trata de familias unipersonales de adultos económicamente activos (Arriagada, 2007).


Lección 4 : Videos de Análisis

13 de Abril 2019



Video 1 : Iniciativa por un Piso de Protección Social


Video 2 : Despoblación y Cambios Demográficos en la Unión Europea

Video 3 : Protección Social y Empoderamiento de la Mujer